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Falta de claridad en resolución del MAP sobre asesores: ¿Cuáles instituciones deberán deducir sus asesores?

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Santo Domingo.- El Ministerio de Administración Pública (MAP) ha emitido la Resolución núm. 184-2024, estableciendo que las instituciones del Poder Ejecutivo solo podrán nombrar asesores en una cantidad máxima equivalente al número de viceministerios, subdirecciones generales, nacionales, intendencias, subadministraciones o equivalentes que posea cada entidad.

Esta normativa, firmada por el ministro Darío Castillo Lugo, es de carácter vinculante y obligatorio para todos los entes y órganos administrativos bajo la dependencia del Poder Ejecutivo. Sin embargo, la resolución no especifica cuáles instituciones deben limitar su cantidad de asesores, generando incertidumbre en su implementación.

Además, quedan excluidos de esta normativa los asesores designados por la Presidencia de la República, los Ministerios de la Presidencia y Administrativo de la Presidencia, la Vicepresidencia de la República, los Ministerios de Defensa y de Relaciones Exteriores.

El MAP, en casos excepcionales, podrá aprobar un mayor número de asesores si se justifica la necesidad. Asimismo, los entes y órganos deberán presentar sus propuestas de modificación de cargos antes del 30 de junio de 2024, para la elaboración del anteproyecto de presupuesto de 2025.


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