Nueva ley de Inteligencia Nacional: Un equilibrio entre seguridad y derechos fundamentales
La reciente promulgación de la Ley 1-24 en República Dominicana, que da vida a la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), ha generado un intenso debate en el país. La ley, impulsada por el gobierno y aprobada por el Congreso, busca fortalecer la seguridad nacional, pero no sin suscitar interrogantes sobre el respeto a los derechos fundamentales.
Antoliano Peralta, Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, ha defendido enfáticamente la nueva normativa. Según Peralta, la ley establece claras limitaciones legales para asegurar que la obligación de compartir información con la DNI no transgreda los derechos fundamentales de los ciudadanos. En su argumentación, destaca el artículo 11 de la ley, que garantiza la protección del derecho a la intimidad y el honor personal, alineándose con las disposiciones de la Constitución dominicana y las leyes relacionadas.
El corazón de la Ley 1-24 es la protección de la seguridad nacional, un valor constitucional clave, permitiendo a la DNI solicitar información que pueda comprometer este principio. La ley, sin embargo, contempla la privacidad y el honor personal, resguardados por el artículo 44 de la Constitución. Este enfoque se ajusta al principio de razonabilidad, un concepto jurídico que equilibra la regulación de derechos fundamentales con la seguridad nacional, tal como lo ha reiterado el Tribunal Constitucional del país.
La promulgación de esta ley por parte del presidente Luis Abinader, el 15 de enero, marca el final de un proceso legislativo que comenzó en junio de 2021. Durante este período, el texto original sufrió numerosas modificaciones, incorporando, entre otras, sugerencias de la Asociación Dominicana de Bancos Múltiples respecto a la entrega de datos financieros.
No obstante, voces de la oposición y de la sociedad civil han expresado preocupaciones. Representantes de partidos como Fuerza del Pueblo y el Partido de la Liberación Dominicana han criticado la ley, calificándola de dictatorial y violatoria de los derechos constitucionales. Por su parte, la Sociedad Dominicana de Diarios ha mostrado su inquietud por la amplia obligación de entregar información a la DNI.
El debate se intensifica con la disposición de la ley que sanciona con hasta dos años de prisión a quienes se nieguen u oculten información requerida por la DNI. Este punto ha sido un foco particular de controversia, dado que podría interpretarse como una medida coercitiva que pondría en riesgo la libertad de expresión y otros derechos fundamentales.
En este contexto, figuras como el obispo de la Diócesis de La Altagracia, Jesús Castro Marte, han llamado a una reflexión cuidadosa sobre la ley y su impacto en los derechos ya conquistados por los ciudadanos dominicanos.
A pesar de las garantías ofrecidas por el gobierno y los mecanismos legales incorporados en la ley, persiste un debate sobre el balance entre la seguridad nacional y el respeto a los derechos fundamentales en República Dominicana. La implementación y ejecución de la Ley 1-24 serán claves para determinar si este equilibrio se mantiene en la práctica.